martes, 15 de diciembre de 2015

Cuatro situaciones en las que te salvará tu seguro de hogar

Cuando se trata de proteger un inmueble, un seguro de hogar es una de las principales herramientas. De cara a estar prevenido ante una situación perjudicial para el inmueble, los seguros de hogar son los encargados de proporcionar soluciones. Tener un seguro de hogar no es obligatorio por ley, como por ejemplo sí lo es el seguro de automóvil, pero si es recomendable disponer de él.

En España y según los datos que aporta la Memoria Social del Seguro Español de 2013 que elabora Unespa (Asociación Empresarial del Seguro), el 82,6% de las viviendas de menos de 25 años están aseguradas y el porcentaje de las viviendas aseguradas que tienen 25 o más años de antigüedad es de 72,1%. Un seguro de hogar garantiza que frente a situaciones determinadas éste actuará en el modo acordado a través de la póliza, lo que supone obtener tranquilidad.

¿En qué situaciones responde un seguro de hogar?


La respuesta reside en la póliza del seguro, es decir, no se puede esperar que el seguro de hogar solucione lo que no se ha contemplado en la póliza. Pero lo que sí reside en ella será de obligado cumplimiento por parte de la aseguradora.

• Inclemencias climatológicas. En ocasiones ocurren fenómenos meteorológicos que producen daños al inmueble. Como por ejemplo las inundaciones que se produjeron en el norte de España a principios de año a causa del fuerte oleaje y crecidas de los ríos (Cantabria, País Vasco y Galicia). No se pueden prever de ningún modo, pero sí es una cobertura que se puede incluir en el seguro.

• Fugas de agua. Es una de las situaciones que con más frecuencia ocurren. Según ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones), el 32,9% de los daños que se producen en un hogar y que requieren de la intervención del seguro son por agua. Cuando se trata de una fuga propia, nuestro seguro se encargará gracias a la cobertura de daños por agua, en caso de producir daños en una vivienda colindante, la cobertura de responsabilidad civil será la encargada de solucionar el problema frente al tercero.

• Daños en el contenido. Que se rompa algún electrodoméstico o mueble por ejemplo. Hoy día hay seguros que cuentan con una cobertura en caso de que el o los ordenadores que haya en el hogar se rompan. En este caso es muy importante que el valor asegurado sea real ya que de ese valor depende el importe de las indemnizaciones futuras. En caso de aumentar el valor del contenido es imprescindible comunicarlo a la compañía aseguradora para no quedar mal cubiertos.

• Robo. Según el Balance Trimestral de Criminalidad del Ministerio del Interior, el número de robos con fuerza en domicilios ha descendido un 4,9%. A pesar de este descenso en el número de robos, es importante tener la casa protegida ante cualquier intruso. En este tipo de situaciones el seguro cubrirá el valor de los bienes sustraídos tomando como cantidad máxima el importe del valor del contenido.

Es importante conocer el alcance de todas y cada una de las coberturas que tiene el seguro de hogar, al igual de importante es contar con un buen seguro, es decir, que no es más que tanto el contenido como el continente estén valorados correctamente, de modo que no se incurra en infraseguro ni sobreseguro.

FUENTE: cincodias.com

domingo, 15 de noviembre de 2015

Anular el seguro del hogar no es cosa fácil

El asegurado tiene la obligación de notificar fehacientemente a la compañía la anulación de la póliza con anterioridad a los dos meses que contempla la normativa


Muchos particulares creen que con devolver el recibo bancario de la renovación de la póliza del hogar, ésta queda automáticamente anulada y están libres para escoger una oferta más económica con otra aseguradora. Pero no es así, ni siquiera cuando el producto contratado es el seguro del edificio y el asegurado una comunidad de propietarios.

La Ley de Contrato de Seguro, en su artículo 22, dice claramente que “Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso”. Esto es, el asegurado tiene la obligación de notificar fehacientemente a la compañía la anulación de la póliza con anterioridad a los dos meses que contempla la normativa. Un plazo más que prudencial del que, a nuestro entender, se aprovechan las aseguradoras para incrementar la prima fuera del tiempo de los dos meses y de forma unilateral, situación que obliga al cliente a estar más que atento a las fechas de vencimiento, sin que en muchos casos sea la propia compañía quien se lo notifique.

Pero, ¿está la compañía obligada a comunicar con dos meses de antelación el importe de la renovación de dicha póliza? Si cumple con el contenido estipulado en el contrato vigente no tiene ninguna obligación de informar al cliente sobre esta situación; ahora bien, si modifica en algo su contenido, tanto de precios como de coberturas, si viene la compañía obligada a comunicar al asegurado los cambios realizados en su póliza. Es más, si el cliente no comunica con los dos meses previstos en la Ley la anulación de la misma, la compañía se reserva el derecho a reclamar el pago, incluso por vía judicial.

Sin embargo, recientemente el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Valladolid, ha desestimado una demanda interpuesta por una compañía aseguradora contra un cliente que había devuelto un recibo por incremento de la prima, sin previo aviso y sin su aceptación. La sentencia abre sin duda una vía para que el asegurado pueda devolver el recibo y, en consecuencia, cancelar la póliza, aunque no se encuentre dentro del plazo de los dos meses.

Cabe preguntarse, pues, si dos meses es un plazo necesario o, en cambio, deja en situación de indefensión al asegurado. En estos términos, la Ley de Contrato de Seguro debería obligar a las compañías a informar al cliente de la situación de su póliza, hayan o no cambiado sus condiciones.

viernes, 30 de octubre de 2015

Al gasto medio europeo en seguros de salud alacnza los 203 euros en 2014


El pasado año, el volumen de primas en los seguros de Salud en Europa alcanzó un total de 119.300 millones de euros, lo que representa un incremento del 2,2% respecto al ejercicio anterior, según se desprende del informe ‘Cifras clave del seguro en Europa. 2014’, elaborado por Insurance Europe.

Esta cifra se traduce en un gasto per cápita por cada europeo en este tipo de pólizas de 203 euros al año, aumentado en 5 euros respecto a 2013. Esta cifra está próxima a los 220 euros de media que cada europeo paga por su seguro de Autos.

Por su lado, las aseguradoras desembolsaron una media de 166 euros por persona por la prestación de servicios de Salud el pasado año.

Desde la federación europea se precisa que los sistemas sanitarios de Holanda y Suiza son similares y requieren que las personas contraten un seguro de salud en el mercado privado. Esto explica el importante gasto por habitante en seguros de Salud en estos dos mercados en relación a la media europea y al dato de la mayoría de países.



Fuente: BDS 15/09/2015

jueves, 15 de octubre de 2015

¿Por qué unas viviendas tienen seguro de hogar y otras no?



Los pisos pequeños y con menos habitaciones se aseguran menos que los inmuebles que superan los 60 metros cuadrados

El tamaño importa a la hora de asegurar una vivienda. Apenas un 31% de los apartamentos de 35 metros cuadrados o menos cuenta con seguro del hogar, mientras que la tasa de cobertura pasa al 77% si la superficie del inmueble oscila entre los 61 y los 90 metros cuadrados. Incluso, roza el 83% si rebasan los 250 metros cuadrados. Esta es una de las conclusiones de la Memoria social del seguro 2014, recién publicada por la patronal del seguro Unespa.

Otra es que cuantas menos habitaciones, más desprotegido. Apenas un 44% de las viviendas con una única estancia está cubierta por una póliza multirriesgo. En cambio, tiene seguro el 76% de las casas con cuatro habitaciones y alcanza el 87% para los inmuebles con siete o más cuartos.

A pesar de que los propietarios tienden a proteger las casas más grandes, resulta que el tipo de vivienda con más pólizas contratadas son los pisos. Un 82% de los residentes en bloques con más de 10 vecinos cuentan con una. Este porcentaje es del 69% entre quienes viven en un adosado.

Si hay cargas hay seguro. Las casas que presentan mayores tasas de cobertura son las que están hipotecadas. En concreto, un 92% de estos inmuebles está protegido por un seguro. La cobertura es más elevada si el piso se emplea para uso propio (80%) que si se destina al alquilar (70%). Por su parte, las casas de renta antigua son las menos propensas a estar aseguradas, apenas lo están seis de cada diez.

Entre unas y otras, son 17,8 millones las viviendas que están aseguradas en España, lo que supone que, de media, algo menos de un 76% de las familias españolas tiene seguro de hogar.

Cataluña es la comunidad autónoma donde hay más viviendas aseguradas (2,98 millones) de todo el país. Le siguen Andalucía (2,77 millones), Madrid (2,63millones) y la Comunidad Valenciana (2,1 millones). En estas tres regiones, la siniestralidad tuvo un coste de 324 millones, 352 millones de euros y 211 millones de euros, respectivamente.

Madrid, Andalucía, Cataluña y la Comunidad Valenciana abarcan la mayor parte de los siniestros e indemnizaciones, algo más del 60% de los incidentes sufridos en viviendas en toda España. Esto es lógico, dado que son las regiones más pobladas y urbanizadas, según Unespa. Las indemnizaciones a hogares catalanes suponen el pago de 364 millones de euros al año, lo que convierte a Cataluña en el lugar donde los percances en viviendas fueron más costosos en términos absolutos. Le siguen los desembolsos a familias madrileñas (352 millones), andaluzas (324 millones) y valencianas (211 millones). La Comunidad de Madrid es el lugar donde hay más siniestros (1,15 millones), seguida de Andalucía (1,12 millones), Cataluña (926.994) y la Comunidad Valenciana (599.192).

No obstante, las tasas de penetración más elevadas del seguro de hogar se dan en el norte y centro de España. En el País Vasco un 91% de las familias cuenta con seguro del hogar, por delante de Navarra (85%), Madrid (83%), Cantabria (83%) y La Rioja (82%).

Los siniestros más caros también se dan en el País Vasco. En esa comunidad autónoma un parte suele conllevar el pago de 396 euros por parte de la aseguradora. Le siguen, por gravedad, los incidentes que ocurren en Galicia (394 euros) y Cataluña (393 euros).



miércoles, 9 de septiembre de 2015

El seguro de Autos permite presentar telemáticamente la declaración amistosa de accidentes

Presentación de la app ‘Declaración iDEA' desarrollada por TIREA

UNESPA y TIREA presentaron ayer ante los medios de comunicación la aplicación para dispositivos móviles que han desarrollado para presentar de forma telemática la Declaración Europea de Accidentes de automóviles. Bautizada como ‘Declaración iDEA’, esta herramienta posibilita, con un modelo único para todas las compañías, que los implicados en un siniestro introduzcan y acuerden la información relativa al siniestro y que la declaración así cumplimentada tenga la misma validez que el tradicional formato de papel.

El seguro de Autos permite presentar telemáticamente la declaración amistosa de accidentes. El seguro de Autos permite presentar telemáticamente la declaración amistosa de accidentes

Los menús que van apareciendo en la pantalla del móvil o tableta permiten facilitar los datos de las personas implicadas en la colisión, sus números de póliza, las características de los vehículos, la descripción de los desperfectos que se han producido, así como dar una explicación somera de cómo ocurrió el accidente.
Después de que uno de los implicados haya cumplimentado el cuestionario a través de su terminal, el contrario recibirá un mensaje de texto (SMS) en su teléfono móvil –gratuito- que le solicitará que verifique o rechace el contenido de la declaración. También se puede validar o rehusar el parte a través de la web https://declaracioniDEA.es. Una vez aprobado, los implicados pueden descargarse el documento cumplimentado en pdf.

La app es de descarga gratuita a través de Apple Store y Google Play, y se encuentra disponible para dispositivos móviles que operen con sistemas operativos iOS y Android.

Casi 16 millones de usuarios potenciales

Manuel Mascaraque, director del Área de Seguros Generales de UNESPA, destacaba en la presentación que esta aplicación es “un gran avance” para las aseguradoras del ramo, que va a suponer “un mejor servicio y calidad de atención al cliente” y va a dar “una imagen de modernidad del sector”.  Remarcó, asimismo, que ‘Declaración iDEA’ tiene 15,7 millones de usuarios potenciales, es decir, en torno al 86% de los conductores en España.

Óscar Bernal, responsable del Departamento de Desarrollo de Negocio de TIREA, como empresa que ha desarrollado el proyecto, explicó el uso de la aplicación, insistiendo en que requiere la mínima información obligatoria, de manera que el proceso “es más rápido y sencillo que la declaración en papel”. Asimismo, destacó la capacidad que tiene la aplicación para reflejar las circunstancias del accidente de una forma “más intuitiva”.
Respaldo sectorial para su desarrollo y promoción

Bernal reafirmó, por otro lado, el respaldo sectorial a este proyecto, pues las entidades que aseguran el 99% del ramo de Autos en España  están implicadas en el mismo y reconocen el sistema como un canal de entrada de un parte acordado por los conductores.

En esta línea, Juan Fructos, subdirector general de TIREA, hizo un llamamiento a las aseguradoras para que se involucren en la promoción de esta app, utilizando, entre otras vías, las propias aplicaciones de las entidades para sus clientes. Además, con el fin de difundir la existencia de esta aplicación, así como explicar su funcionamiento y el de las novedades que surjan en torno a ella, se ha creado la cuenta de Twitter @DeclaracioniDEA.  También se puede conocer mejor la operativa de la app, en el vídeo explicativo en Youtube.

Fructos  apuntó, finalmente, que la herramienta desarrollada para el mercado nacional va más allá de otras experiencias europeas que se limitan a ser un recopilador de información, mientras que ‘Declaración iDEA’ está integrada en los convenios de indemnización de daños materiales (Cide/Ascide) y es compatible con los protocolos de CICOS.

FUENTE: inese.es

miércoles, 12 de agosto de 2015

Fallecen 225 personas en las carreteras en verano de 2015



225 fallecidos en las carreteras en verano de 2015, 5 más que el año pasado



Durante los meses de julio y agosto 225 personas han fallecido en las carreteras españolas, 5 más que en el mismo periodo del año pasado. Según estos datos, publicados por la Dirección General de Tráfico (DGT), el número de víctimas mortales ha aumentado un 2% durante el verano. Se trata del primer aumento del número de víctimas que ha tenido lugar desde 2006.

Lo mismo ha ocurrido en cuanto al número de accidentes mortales, que han sumado 19 respecto al verano pasado, hasta un total de 200. Por el contrario, el número de heridos que han requerido ingreso hospitalario ha descendido en un 1% respecto a 2014, pasando de los 1.034 a los 1.021.

Por meses, julio ha registrado una mayor siniestralidad que en 2014, con 6 víctimas mortales más, y un total de 113. Agosto, por el contrario, se ha cerrado con 112 fallecidos, uno menos que en el pasado año.

Más desplazamientos que en 2014


Estas cifras se producen durante unos meses en los que han tenido lugar 81,1 millones de desplazamientos de largo recorrido, un 3,4% más respecto a 2014, año en el que se produjeron 78,5 millones de desplazamientos.

Descenso de las víctimas en 2015


Los datos son más optimistas si se comparan con el número de fallecidos en lo que va de año. Hasta las 12 de la noche del día 2 de septiembre, 727 personas perdieron la vida en accidentes de tráfico, 16 menos que en 2014, lo que representa un 2% menos de víctimas mortales.

Por comunidades, las que más incrementos han registrado han sido Cataluña y País Vasco, con 19 fallecidos más y Castilla y León y Castilla-La Mancha, dónde se han producido 9 víctimas más que el año pasado.

miércoles, 15 de julio de 2015

¿Qué me cubre el seguro de los daños causados por la tormenta?


Si el viento superó los 84 kilómetros por hora, los daños los cubrirá una aseguradora

• El Consorcio de Compensación se hace cargo de los perjuicios provocados por inundaciones



Las fuertes tormentas pueden causar importantes daños materiales en viviendas, negocios y vehículos... pero, ¿las aseguradoras se hacen siempre cargo de los mismos? Varios factores influyen en esta respuesta: el tipo contrato, el estado previo de los enseres dañados, la virulencia de la tormenta, la propiedad de los objetos que han causado directamente los desperfectos (como una valla o un árbol caído).

Como regla general hay que tener en cuenta que existen ciertos umbrales a partir de los cuales las compañías empiezan a cubrir los daños causados por fenómenos meteorológicos: precipitaciones superiores a 40 litros por metro cuadrado, en una hora (que ya es llover), y vientos con una velocidad superior a 84 kilómetros hora (que ya es soplar).

Para comprobar si en el lugar donde se ha sufrido el daño las rachas de viento y lluvia han superado los límites establecidos lo mejor es acudir a la web de la Agencia Española de Meteorología (www.aemet.es), donde existe una sección en la que se detalla qué puntos de medición y qué días se han superado los umbrales fijados por las compañías.

Daños por viento


En las tormentas de verano, uno de los daños más frecuentes que sufren las viviendas es en los toldos. Si los habitantes de la casa no están cuando se desata el vendaval y los toldos están desplegados, es habitual que se rompan por las embestidas del viento.

Para comprobar si la aseguradora debe pagar la reparación del toldo lo primero es acudir a las cláusulas del seguro de hogar. Habrá que ver cuáles son los umbrales fijados en el contrato y verificar si estos límites se han alcanzado.

En caso de que la medición de la Aemet esté al borde de llegar al umbral es posible argumentar ante la aseguradora que en el lugar donde se sufrieron los daños el viento alcanzó una velocidad superior a la del punto de medición (por ejemplo, por tratarse de un edificio alto).

Una causa frecuente por la que las compañías rechazan hacerse cargo de la factura es por el estado de conservación de los toldos. Si tienen más de 20 años es difícil que el perito acepte que su rotura se debió solo a la tormenta y que la aseguradora lo sustituya por uno nuevo.

Destrozos por la lluvia


Otro de los daños más frecuentes que provocan las tormentas son las inundaciones en bajos comerciales, trasteros y casas bajas, y desperfectos causados por filtraciones de la lluvia. En estos casos, el responsable de hacerse cargo de los gastos dependerá de donde proceda el agua. “Si entra de abajo hacia arriba, es decir, de la calle o la red de alcantarillado hacia los garajes, sótanos, etc. habrá que reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros”, explica Dionisio Babiano, director de siniestros de Axa España. “Si el agua entra de arriba hacia abajo,por tejados, azoteas, terrazas se ha de reclamar a la compañía aseguradora”.

El cliente puede pedir una indemnización por los perjuicios causados (si, por ejemplo, ha tenido que irse alojarse en un hotel varios días), el coste de la reparación de la vivienda y la reposición de los bienes que se hayan visto dañados. El importe máximo que cubrirá el seguro dependerá de la póliza contratada.

Hay que tener en cuenta que en el caso de los trasteros es habitual que no estén incluidos en el seguro que cubre la vivienda. En estos casos, es posible que la aseguradora de la comunidad de propietarios se haga cargo de los gastos.

Árboles caídos


La responsabilidad a la hora de pagar los daños ocasionados por la caída de árboles o elementos de edificios a causa de una tormenta dependerá del propietario de los mismos, pero normalmente la aseguradora se hará cargo de la gestión del siniestro. En caso de que un árbol situado en una acera se haya tronchado y al caer haya destrozado un coche, la compañía se responsabilizará de costear su reparación, salvo que tenga la cobertura mínima:el seguro a terceros. En esta situación, el propietario debería reclamar al Ayuntamiento.

Si el causante de los daños es un elemento de un edificio (una cornisa desprendida, o unas tejas), será la compañía de la comunidad de propietarios (o la aseguradora de la vivienda unifamiliar) quien cubrirá los gastos.


FUENTE: cincodias.com