martes, 7 de octubre de 2014

Asegure a su mascota


Una mascota puede ser un miembro más de la familia. Igual de importante y al que hay que prestarle la atención y cuidados adecuados y inherentemente se adquiere una responsabilidad sobre una vida y sobre los actos que el animal realice.

Así lo expone el artículo 1.905 del Código Civil español, que indica textualmente “El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.

En primer lugar, una vez que nos decidimos por asegurar a nuestra mascota, hay que valorar qué alternativas se tienen para ello. Puede existir una posibilidad que tiene como protagonista el seguro de hogar. Si se tiene contratado un seguro para la vivienda, es posible que la compañía contemple la posibilidad de incluir una cobertura por mascota. Es importante informarse acerca de ello ya que dependiendo de la mascota, esta cobertura puede ser suficiente ya que suelen cubrir la Responsabilidad Civil, es decir, los daños a terceros que el animal provoque.

La otra opción es decantarse por un seguro concreto y específico para la mascota. Muchas aseguradoras tienen entre su catálogo de seguros el de mascotas. Lo más común es encontrarse con seguros para perros y gatos (según el censo de mascotas de 2013 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía, son los perros los más numerosos, en torno a 5.400.000 en toda España). Aunque debido al auge de los animales exóticos, existen aseguradoras que también ofrecen un seguro para este tipo de animales.

FUENTE: http://economia.elpais.com/